Documentación para acreditar la condición de tripulante.

Hoy 29 de abril, ha salido publicada la Orden TMA/347/2020, de 28 de abril, por la que se establece la documentación con la que podrán acreditar su condición los tripulantes de buques para facilitar su circulación, a fin de asegurar la prestación de los servicios de transporte marítimo, con motivo de la situación de crisis sanitaria por el COVID-19.

Aunque esta orden, es específica para buques, entendemos que, en cierta forma, es aplicable para todos aquellos patrones profesionales que necesiten acudir a su puesto de trabajo.

A la vez, en su artículo 5, dispone que estos tendrán acceso a los alojamientos turísticos declarados de servicio esencial.

Aquí el enlace de la orden

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Share This
Scroll al inicio