Cambios significativos en la náutica de recreo desde la reforma del Real Decreto 875/2014

De un tiempo a esta parte la DGMM está realizando cambios significativos con referencia a la náutica de recreo.

En el cuadro, se pueden apreciar claramente los avances en este sentido y la facilidad que se está dando para obtener titulaciones que, sin duda alguna, favorecerán al sector náutico.

 

RESUMEN REFORMA ORDEN DE TITULACIONES DE RECREO
TITULACIÓN REFORMA POR RD 875/2014 ORDEN ACTUAL FOM/3200/2007
Excepciones – Motor hasta 5 metros. – Motor hasta 4 metros.
– Vela hasta 6 metros. – Vela hasta 5 metros.
– Potencia 11,26 kW (15CV) – Potencia 11,03 kW (14,8 CV)
– Navegación de día. – Navegación de día.
– 2 millas de un puerto de abrigo. – Delimitado por la Capitanía Marítima, pero como mucho 5 millas.
– Artefactos flotantes o de playa – Artefactos flotantes o de playa
– Preparación y participación en competiciones oficiales. – Preparación y participación en competiciones oficiales.
– 18 años de edad.  
Licencia de Navegación. – Motor y vela hasta 6 metros. – Motor y vela hasta 6 metros.
– Motos de agua categoría C.  
– Potencia adecuada a la embarcación. – Potencia máxima 40 kW.
– Navegación de día. – Navegación de día.
– 2 millas de un puerto de abrigo. – Delimitado por la Capitanía Marítima, pero como mucho 5 millas.
   
– 2 horas de teoría (nociones radio) – Examen teórico.
– 4 horas de prácticas. – 2 horas de prácticas.
   
– Escuelas y Federaciones. – Federaciones exclusivamente.
   
– 18 años de edad o 16 años con permiso paterno.  
PNB – Motor hasta 8 metros. – Motor hasta 7,5 metros, vela 8 metros.
– Potencia adecuada a la embarcación. – Potencia adecuada a la embarcación.
– Navegación de día y de noche. – Navegación de día y de noche.
– 5 millas de un puerto de abrigo. – 5 millas de un puerto de abrigo.
   
– Exámenes por la Admon. – Exámenes por la Admon.
– 8 horas de prácticas. – 8 horas de prácticas.
– Curso de radiocomunicaciones 4 horas (2T + 2P) – 2 horas de prácticas de radio.
   
– Prácticas por las escuelas y Federaciones. – Prácticas por las escuelas.
   
– 18 años de edad o 16 años con permiso paterno. – 18 años de edad o 16 años con permiso paterno.
PER – Motor y vela hasta 15 metros (vela previa realización prácticas específicas). – Motor y vela hasta 12 metros (vela previa realización prácticas específicas).
– Potencia adecuada a la embarcación. – Potencia adecuada a la embarcación.
– Navegación de día y de noche. – Navegación de día y de noche.
– 12 millas de la costa. – 12 millas de la costa.
– Navegación dentro del archipiélgao balear y canario. – Navegación dentro del archipiélgao balear y canario.
   
– Exámenes por la Admon. – Exámenes por la Admon.
– 16 horas de prácticas. – 16 horas de prácticas.
– Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P). – 2 horas de prácticas de radio.
   
– Solo escuelas. – Solo escuelas.
   
   
Si se realizan prácticas adicionales de navegación de 24 horas.  
   
– Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas específicas).  
– Navegación entre Península y Baleares  
– 18 años de edad. – 18 años de edad o 16 años con permiso paterno.
PY – Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas específicas). – Motor y vela hasta 20 metros (vela previa realización prácticas específicas).
– Potencia adecuada a la embarcación. – Potencia adecuada a la embarcación.
– Navegación de día y de noche. – Navegación de día y de noche.
– 150 millas de la costa. – 60 millas de la costa.
   
– Exámenes por la Admon. – Exámenes por la Admon.
– 48 horas de prácticas  en régimen de navegación (36N + 12P). – 24 horas de prácticas, no necesariamente en navegación.
– Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P). – 4 horas de prácticas de radio.
 Una vez realizado no es necesario repetirlo.  
– Solo escuelas. – Solo escuelas.
   
CY – Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas específicas). – Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas específicas).
– Potencia adecuada a la embarcación. – Potencia adecuada a la embarcación.
– Navegación de día y de noche. – Navegación de día y de noche.
– Navegación ilimitada. – Navegación ilimitada.
   
– Exámenes por la Admon. – Exámenes por la Admon.
– 48 horas de prácticas  en régimen de navegación (36N + 12P). – 48 horas de prácticas, no necesariamente en navegación.
– Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P). – 8 horas de prácticas de radio.
 Una vez realizado no es necesario repetirlo.  
– Solo escuelas. – Solo escuelas.
   
Vela – Habilitación para navegar a vela. – Habilitación para navegar a vela.
– 16 horas de prácticas. – 20 horas de prácticas.
– Solo escuelas. – Solo escuelas.
   
Otros Cambios Significativos.  
– Mantenimiento de la renovación de la tarjeta cada 10 años, previa presentación de reconocimiento psicofísico. 5 años una vez cumplidos los 70.
– Posibilidad de que la Administración Competente realice el examen práctico si así lo legisla.
– Radio operador de corto alcance como obligatorio, el de largo alcance como opcional.
– Se permite el pantano solo para la Licencia de navegación, el PNB y las prácticas de vela.
– Se permite el empleo de embarcaciones semirrigidas solamente para la Licencia de navegación.
– Se permitirá el examen por bloques en PY y CY pero solo durante 2 convocatorias seguidas.
– Mismos criterios de evaluación para el PNB y el PER.
– Se podrá navegar durante tres meses como máximo mientras se tramita el expediente.
– La DGMM canjeará las tarjetas de la CCAA.

 

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